El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 29.
CAPÍTULO II
COMETIDOS GENERALES Y ORGANIZACIÓN
SECCIÓN CUARTA
DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN
Artículo 67
La Dirección de Administración tendrá como funciones:
a. Transmitir las líneas de acción de la Dirección Nacional para el logro de los objetivos asignados a la misma.
b. Coordinar las actividades de las unidades subordinadas.
c. Fiscalizar el uso de fondos.
d. Efectuar planes de inversión y gastos acordes a los recursos asignados.
e. Asesorar a la Dirección Nacional en materia económica financiera y administrativa contable.
f. Efectuar el control Patrimonial de existencia e Inventarios de la Dirección Nacional.
g. Planificar y Administrar el desarrollo informático de la Dirección Nacional.