DEROGACION DEL DECRETO 71/991, RELATIVO A LA REGULACION DE LOS GASTOS DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS DE LOS FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES QUE SE DESEMPEÑAN EN MISIONES DIPLOMATICAS




Promulgación: 16/12/2025
Publicación: 23/12/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 11

   Se procederá a reajustar la Partida de Arrendamiento en el momento en que se produzcan los siguientes hechos:

a) Ascenso del funcionario/a diplomático/a en su cargo presupuestal;

b) Asunción de nuevo Jefe/a de Misión manteniendo el arrendamiento del
   mismo inmueble;

c) Renovación del contrato a su vencimiento, siempre que se modifique el
   precio;

d) Suscripción de un nuevo contrato;

e) Cuando se produzcan modificaciones en el régimen cambiario del país
   receptor, que impliquen alteraciones significativas de los precios
   establecidos en los contratos de arrendamiento celebrados;

f) Renegociación del precio del mismo inmueble;

g) Ajuste del valor del arriendo previsto por contrato;

   La presente disposición será de aplicación al contrato de garaje, cuando el mismo haya sido firmado en forma independiente al contrato principal.

   

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 14 (vigencia).
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