DEROGACION DEL DECRETO 71/991, RELATIVO A LA REGULACION DE LOS GASTOS DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS DE LOS FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES QUE SE DESEMPEÑAN EN MISIONES DIPLOMATICAS




Promulgación: 16/12/2025
Publicación: 23/12/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 4

   Los trámites de arrendamiento deberán ajustarse a las siguientes pautas:

a) El contrato deberá incluir en la medida que lo permita la legislación
   o los usos y costumbres locales, las cláusulas relativas a terminación
   anticipada del contrato por traslado del funcionario a otro destino o
   su regreso a la República, así como las correspondientes a la
   Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 y la
   Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963;

b) En el caso de arrendamiento de Residencias Oficiales, así como locales
   donde funcionen Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, al
   momento de proceder a la firma del contrato, se deberá realizar un
   acta de constatación sobre el estado del inmueble, acompañada del
   inventario, con su respectivo registro fotográfico y fílmico.

   Al momento de la entrega de dichos inmuebles, se procederá a la
   verificación de las condiciones de entrega, así como al contralor con
   el inventario inicial a la vista, labrándose acta de constatación e
   indicándose, en caso de corresponder, los eventuales daños y el costo
   de su reparación.

c) En todos los casos, el contrato únicamente podrá ser firmado con la
   autorización previa del/de la Jerarca;

d) Cuando el contrato haya de extenderse en idioma extranjero deberá
   remitirse para su previa aprobación acompañado de la respectiva
   traducción al español;

e) Se deberá enviar al comienzo de vigencia del contrato conjuntamente
   con éste, la información del tipo de cambio al día de la firma de este
   y los recibos correspondientes al depósito en garantía y a la comisión
   inmobiliaria.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 14 (vigencia).
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