DEROGACION DEL DECRETO 71/991, RELATIVO A LA REGULACION DE LOS GASTOS DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS DE LOS FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES QUE SE DESEMPEÑAN EN MISIONES DIPLOMATICAS
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 7
Los Jefes/as de Misión que estén próximos/as a su regreso definitivo a la República y aquellos/as que sean trasladados/as a otro destino o adscriptos/as anticipadamente, deberán dar cumplimiento a las siguientes pautas, con una anticipación mínima de 120 días o en forma inmediata a su notificación para los/as que se adscriban anticipadamente:
a) Solicitar instrucciones al Ministerio de Relaciones Exteriores para
rescindir los contratos referidos a las Residencias Oficiales;
b) Informar sobre la vigencia del contrato y las características de la
vivienda, así como sus condiciones (ubicación, estado de conservación,
funcionalidad, decoro, seguridad, precio relativo, entre otros);
c) Efectuar una reseña del estado actual del mercado inmobiliario
(ofertas, precios, modalidades, dificultades, entre otros) y en
particular del precio de dicho inmueble con respecto a bienes
similares.