DEROGACION DEL DECRETO 71/991, RELATIVO A LA REGULACION DE LOS GASTOS DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS DE LOS FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES QUE SE DESEMPEÑAN EN MISIONES DIPLOMATICAS




Promulgación: 16/12/2025
Publicación: 23/12/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 7

   Los Jefes/as de Misión que estén próximos/as a su regreso definitivo a la República y aquellos/as que sean trasladados/as a otro destino o adscriptos/as anticipadamente, deberán dar cumplimiento a las siguientes pautas, con una anticipación mínima de 120 días o en forma inmediata a su notificación para los/as que se adscriban anticipadamente:

a) Solicitar instrucciones al Ministerio de Relaciones Exteriores para
   rescindir los contratos referidos a las Residencias Oficiales;

b) Informar sobre la vigencia del contrato y las características de la
   vivienda, así como sus condiciones (ubicación, estado de conservación,
   funcionalidad, decoro, seguridad, precio relativo, entre otros);

c) Efectuar una reseña del estado actual del mercado inmobiliario
   (ofertas, precios, modalidades, dificultades, entre otros) y en
   particular del precio de dicho inmueble con respecto a bienes
   similares.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 14 (vigencia).
Ayuda