TRANSPORTE TERRESTRE - TARIFAS PUBLICAS - SEGURIDAD SOCIAL - PASIVIDADES




Promulgación: 23/06/1992
Publicación: 25/09/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Transporte del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, tendiente a ordenar el régimen
tarifario sistema DGGRIO de descuentos y bonificaciones que las empresas
concesionarias de servicios regulares de transporte interdepartamental de
pasajeros por carreteras otorgan a los diversos usuarios;

   Resultando: I) Que por decreto Nº 123/986 en su artículo 25, establece
un régimen especial de descuento para jubilados, pensionistas y retirados,
en las líneas de corta, mediana y larga distancia;

   II) Que por decreto 729/987 de fecha 9 de diciembre de 1987, se hizo
extensivo dicho régimen especial para las líneas suburbanas;

   Considerando: Que resulta conveniente, dado el tiempo transcurrido,
revisar dicho régimen especial, teniendo en cuenta por un lado, la mayor
ampliación de beneficios que sea posible contemplar, así como, por otra
parte, la rentabilidad de las empresas concesionarias de líneas.

   Atento: a lo precedentemente expuesto y lo informado por la Dirección
Nacional de Transporte;

                  El Presidente de la República

                             DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 116/993 Derogada/o de 03/03/1993 artículo 48.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 291/992 de 23/06/1992 artículo 1.

LACALLE HERRERA - WILSON ELSO GOÑI
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