A esos efectos, los Organismos deberán remitir a la Oficina Nacional del
Servicio Civil la siguiente información:
a) Propuesta de designación.
b) Inciso, Programa y Unidad Ejecutora, número de cargos vacantes o
funciones contratadas.
c) Características del cargo o función (presupuestado o contratado,
denominación, escalafón, grado, régimen horario, retribución
discriminada por renglones).
d) Descripción y especificación del cargo o función (tareas y
requisitos del cargo a proveer).
e) Constancia del cumplimiento, en su caso, de los extremos del
artículo 22 de la ley 15.809 de fecha 8 de abril de 1986 o de la
no existencia de personal en esa situación.
f) Fundamentación detallada de la necesidad, señalando además:
-unidad administrativa (sección, departamento o división) en la que
prestará funciones el funcionario a designar.
-cantidad de funcionarios del mismo escalafón que actualmente se
desempeñan en la unidad administrativa.
-cantidad de funcionarios del mismo escalafón de la Unidad
Ejecutora que se encuentran "en comisión" fuera de la misma.
-tareas que desempeñará el aspirante.
g) Características personales del aspirante: nombres, edad, domicilio,
perfil educativo, antecedentes ocupacionales y todo otro elemento
que permita evaluar los requisitos que posee para el desempeño del
cargo o función. (*)