En oportunidad de procederse a la provisión de los cargos presupuestados
o funciones contratadas a que se refiere el rubro 0, sub rubro 02, renglón
021; correspondientes a los incisos 2 al 13 con excepción de los incisos 3
y 4, deberá darse cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 661 de la ley
14.106 del 14 de marzo de 1973 y en el decreto 267/974 del 4 de abril de
1974.