APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 1999




Promulgación: 28/10/1998
Publicación: 06/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 821

Artículo 5

Para las vacantes que se generen a partir del 1o.- de enero de 1999, las
promociones tendrán vigencia a los efectos de la liquidación de los
sueldos y de la antigüedad en la categoría y clase, desde el 1o. del mes
siguiente a la fecha de la resolución que decida el ascenso.
 Las vacantes deberán ser provistas -como máximo-, dentro de los ciento
ochenta días de producidas. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 10.
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