MODIFICACION DE LA DENOMINACION DEL REGISTRO UNICO DE COBERTURA DE ASISTENCIA (RUCAF), POR EL DE REGISTRO DE USUARIOS DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 10
Se encomienda al Ministerio de Salud Pública la realización de las gestiones necesarias para lograr la interconectividad del Registro de Usuarios del Sistema Nacional Integrado de Salud con otros sistemas que cuentan con información relevante a efectos de optimizar la calidad de la información.