APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY. EJERCICIO 1997




Promulgación: 19/08/1997
Publicación: 01/09/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 449
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   Cuando se resuelva abonar alguno de los complementos o beneficios
sociales establecidos en estas Normas, sin disponer su vigencia, se
entenderá que su liquidación corresponde desde el primer día del mes
siguiente a la fecha de la Resolución.
Ayuda