(Características de la Identificación) Las cajillas de cigarrillos que tengan los destinos referidos, deberán tener impresas en la cajilla y en la parte superior de las caras de mayor superficie, en el porcentaje de las mismas no destinados a los pictogramas, una banda de un centímetro de ancho y de color naranja fluorescente, sobre las que se establecerá en letras negras claramente legibles la siguiente leyenda: SOLO PARA VENTA
EN FREE SHOP.(*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 76/010 de 24/02/2010 artículo 1.
Ver en esta norma, artículos:5 y 6.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 296/000 de 11/10/2000 artículo 4.