NORMALIZACION DE ASPECTOS PRACTICOS DEL PROCESO PENAL




Promulgación: 29/05/1979
Publicación: 21/06/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1651

Artículo 15

    Los escritos de libertad provisional una vez presentados deberán ir
dentro de lo posible, de inmediato en vista al Fiscal, bajo la forma de
mandato verbal. Luego de devuelto el expediente, pasará al Despacho del
Juez en la misma forma y también de inmediato.
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