El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 32.
VISTO: el artículo 32 de la Ley 19.315 de 18 de febrero de 2015.
RESULTANDO: I) que la mencionada disposición legal establece los cometidos de la Dirección Nacional de Migración.
II) que constituyen cometidos de la referida Dirección Nacional, registrar, conservar y actualizar los datos identificatorios de las personas que ingresan al territorio nacional, permanecen y egresan de este, el asesoramiento en lo referente a la materia migratoria, así como tramitar las residencias temporarias y definitivas otorgadas a los extranjeros, en este último caso por el titular del Ministerio del Interior.
CONSIDERANDO: que corresponde reglamentar la referida disposición legal, determinando la estructura orgánica de la Dirección Nacional de Migración.
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACION Capítulo I.
Ámbito de Aplicación del Reglamento Interno
Artículo 1
(Reglamentación de la Dirección Nacional de Migración): La Dirección Nacional de Migración es un órgano de jurisdicción nacional que tiene como cometidos el registro, control del ingreso, permanencia y egreso de personas en el territorio nacional, así como también de asesoramiento en materia migratoria y regularización de la situación de los migrantes en el país y se regirá por el presente Reglamento en todo lo atinente a su organización y funcionamiento.