El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 32.
REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACION Capítulo III
Organización Estructural
Artículo 28
El Departamento Financiero Contable estará integrado por la Sección Contaduría, Sección Liquidaciones y Sección Habilitaciones, entre los que se distribuirán los cometidos que se detallan a continuación:
1°) Realizar las tareas Financiero Contables de la Unidad Ejecutora, supervisando, controlando y registrando la actividad de los diferentes Departamentos y respectivas Secciones que tengan injerencia en el área de su especialidad, en base a la normativa vigente en la materia y las directivas del Comando de la Dirección Nacional, asesorado por el Gerente Financiero Contable designado por el Ministerio del Interior.
2) Administrar con responsabilidad, eficiencia, economía y racionalidad, los recursos humanos y medios logísticos asignados.
3) Cualquier otra dispuesta por el Comando de la Dirección Nacional.