El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 32.
REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACION Capítulo III
Organización Estructural
Artículo 52
Serán funciones del Departamento de Seguridad Interna las que se detallan a continuación:
1) Realizar por orden del Comando de la Dirección Nacional, los traslados y conducciones correlativas de personas que fuesen expulsadas del país, mediante disposición judicial o administrativas previstas en la Ley N° 18.250, conforme ordenamiento jurídico vigente.
2) Mantener la seguridad en torno al predio e instalaciones que ocupa la Oficina Central de la Dirección Nacional de Migración, acompañando las remesas que se realizan a las Instituciones Bancarias.
3) Controlar el ingreso a las áreas que se encuentran fuera del sector de atención al público, de toda persona ajena a la Dirección, debiendo identificarla y verificar con el Departamento requerido por esta, si se franquea el acceso al mismo.
4) Tendrá a su cargo las medidas de seguridad en prevención de incendios, verificando la vigencia y buen funcionamiento del equipamiento instalado a tales efectos, siendo responsable además, de la elaboración y actualización del plan de evacuación de la Oficina Central.
5) Administrar con responsabilidad, eficiencia, economía y racionalidad, los recursos humanos y medios logísticos asignados.
6) Cualquier otra dispuesta por el Comando de la Dirección Nacional.