Visto: los requisitos exigidos por la reglamentación vigente para la
tramitación de exoneraciones o bonificaciones de peajes.
Considerando: que resulta conveniente mejorar la gestión pública
minimizando las exigencias de documentación necesaria para otorgar los
citados beneficios, mediante la simplificación de los trámites
respectivos,lo que se traduce en una reducción de costos tanto para el
usuario como para la propia administración.
Atento: A lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Dirección
Servicios Jurídicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a lo
dispuesto en la ley 13.297 de 3 de noviembre de 1964 y a lo aconsejado en
el marco del Programa Nacional de Desburocratización,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 298/993 de 23/06/1993 artículo 1.