La Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP),
al resolver la asociación temporal o permanente con empresas públicas o
privadas, nacionales o extranjeras o contratos con fines industriales y
comerciales, garantizará que en ningún caso la acción tendrá por objetivo
reducir o eliminar la competencia real en el mercado en que se desarrollan
las actividades para las que se asocia o contrata.