Visto: la iniciativa presupuestal de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado correspondiente al ejercicio 1985.
Considerando: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas de la República su dictamen.
Atento: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el Presupuesto Operativo y de Operaciones Financieras de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado a regir desde el 1° de enero de 1985, de acuerdo con la apertura siguiente:
I - INGRESOS
Ingresos Tarifarios N$ 3.374:017.000
Ingresos Financieros " 131:718.000
_________________
TOTAL " 3.505:735.000
II - PRESUPUESTO OPERATIVO Y DE OPERACIONES
FINANCIERAS N$ 3.428:752.337
Rubro Denominación N$ N$
_______________________________________________________________________
0 Retribución de Serv.
Personales 1.280:649.482
0.11.311 Sueldos Básicos Carg.
Permanentes 123:045.974
Sueldo Directorio 2:704.815
0.11.312 Incremento Mayor
Horario 32:174.184
0.11.316 Premio Cobradores 2:966.502
0.21.321 Sueldos Básicos
Personal Contratado 258:172.310
0.21.322 Incremento Mayor
Horario 69:472.580
0.21.326 Premio Cobradores 3:932.344
Antigüedad 95:527.420
0.36.331 Sueldos Básicos Pers.
Jornalero 239:165.564
0.36.332 Incremento Mayor
Horario 76:759.560
0.50 Honorarios 3:615.724
0.61.301 Por Trabajo en Horas
Extras 34:264.416
0.61.301/a Compensación Feriados 34:030.544
0.61.302 Compensación Zona
Balnearia 6:710.797
0.61.302/a Compensación Desarraigo 1:647.878
0.61.304 Por funciones distintas
al cargo 18:413.156
0.62.301 Gastos de
Representación 408.302
0.62.307 Compensación Guardias 42:332.184
0.77 Quebranto de Caja 3:255.430
80 Adelanto a Cuenta 21:287.232
0.80 Aumento abril 1985 119:298.180
Sueldo Anual
Complementario 91:464.386
____________
1 Cargas Legales sobre
Serv. Pers. 339:763.386
1.11 Aporte Patronal al
Sistema de Seguridad
Social 259:541.443
1.21 Aporte Patronal por
Fallecimiento de
Funcionarios 2:033.024
1.22 Aporte Seguro de
Enfermedad 39:884.220
1.23 Aporte Patronal al
Fondo Nacional de
Vivienda 12:977.072
1.25 Prima por Seguro de
Accidente de Trabajo 12:350.555
1.31 Impuesto a las
retribuciones y
prestaciones nominales 12:977.072
___________
2 Materiales y
Suministros 1.003:780.000
3 Servicios No Personales 295:279.000
4 Máquinas, Equipos y
Mobiliarios Nuevos 40:000.000
7 Subsidios y Otras
Transferencias 325:522.847
7.51 Prima por Matrimonio 1:278.331
7.52 Hogar Constituido 57:126.180
7.53 Prima por Nacimiento 1:475.219
7.54 Prestaciones por Hijos 28:627.456
7.59 Gastos de
Alimentación 217:204.020
7.73 Becas 9:168.336
7.79 Otras Prestaciones 1:508.305
7.92 Tributos Municipales 9:135.000
_____________
8 Servicio de Deuda y
Anticipo 142:439.000
9 Asignaciones Globales 1:318.622
____________
Los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales Sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" contienen el aumento salarial del 18% autorizado a partir de noviembre de 1985.
Dichos créditos incluyen el costo de los funcionarios restituidos ingresados hasta julio de 1985. Se faculta al Organismo crear los créditos necesarios para la incorporación de los posibles restituidos ingresados con posterioridad a esa fecha.
II - PLAN DE INVERSIONES
Rubro Denominación N$
______________________________________________________________________
0 Retribuciones de Serv. Personales 39:534.000
1 Cargas Legales sobre Serv. Pers. 10:287.000
2 Materiales y Suministros 100:301.000
3 Servicios No Personales 31:982.000
4 Máquinas, Equipos y Mob. Nuevos 179:303.000
5 Tierras, Edificios y Otros Activos
Preexistentes 21:815.000
6 Construcciones, Mejoras y Reparaciones
Extraordinarias 995:473.000
___________
TOTAL 1.378:695.000
La apertura por proyecto, fuentes de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte
integrante de este decreto. (*)
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 299/986 de
14/05/1986.
Ver en esta norma, artículo:53.