APROBACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DE OSE. EJERCICIO 1985




Promulgación: 14/05/1986
Publicación: 07/10/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 35

   La apertura de la cuenta de referencia, se realizará en el Banco Hipotecario del Uruguay en Obligaciones Hipotecarias reajustables las que generarán el interés corriente para ese tipo de colocación. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 37.
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