APROBACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DE OSE. EJERCICIO 1985




Promulgación: 14/05/1986
Publicación: 07/10/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 44

   El Directorio podrá conceder al personal permanente o transitorio de
los servicios ubicados en zonas balnearias, atento al mayor costo de vida
en las mismas, una compensación mensual de hasta un 30% del sueldo o de
la remuneración que el funcionario en su caso perciba por el desempeño de 
tareas superiores durante los meses de diciembre, enero, febrero y marzo.
   Dicha compensación se regulará por el Directorio en cuanto a su forma 
y alcance.
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