Visto: el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Banco de Seguros del Estado correspondiente al ejercicio
1992.
Considerando: I) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha
emitido su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;
Atento: A lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la
República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones al Banco de Seguros
del Estado correspondientes al ejercicio 1992, de acuerdo con el siguiente
detalle. Forman parte integrante de este Decreto las condiciones
generales, estados y planillados que acompañan este presupuesto, salvo
disposición expresa en contrario.
N$
I - RECURSOS 581.590:950.000
- Premios 369.951:750.000
- Comisiones y reaseguros pasivos 19.069:000.000
- Siniestros recuperac. reaseguros 21.000:750.000
- Otros ingresos ajenos al giro 91.830:200.000
- Impuestos recup. reaseguros 1.429:250.000
- IVA a facturar 78.310:000.000
N$
II - PRESUPUESTO OPERATIVO 446.529:535.590
Rubro Denominación
0 RETRIBUCION SERV. PERSONALES 37.653:863.000
011 Sueldos básicos cargos presup.12.134:565.248
Directorio
106:819.752
018 Sueldos progresivos por categorías 107:137.000
019 Sueldo anual complement.c/presup. 1.929:313.000
021 Sueldos básicos pers. contrat. 2.123:222.000
029 Sueldo anual complement.c/contrat. 272.450.000
050 Honorarios 1.247:000.000
051 Honorarios liquidad.pólizas accid. 381:218.000
052 Honorarios médicos 114:000.000
061311 Trabajo en horas extra 1.661:840.000
062301 Gastos de representación Directorio 20:898.000
063 Compensac. estudios especializados 16:026.000
064 Prima por Antigüedad 1.107:288.000
065 Comisiones de cobranza 1.462:554.000
066 Compensac. por subrogación 31:229.000
067 Compensac. Equipo Mecanizada 7:638.000
068 Funciones distintas al cargo 240:084.000
069 Trabajo nocturno 80:064.000
075 Prestación por alimentación 6.424:915.000
076 Compensación Asistencia Médica 6.669:540.000
077 Quebranto de caja 451:230.000
078 Compensac. Secretaría Directorio 31:941.000
079 Compensac. Profesionales Universit. 98:358.000
081 Aporte Personal a cargo del Banco 553:903.000
082 Viáticos 60:275.000
Rubro Denominación N$
083 Ley 16.074 Compensac. p/Inspecciones 49:403.000
- Licencias no gozadas 250:020.000
- Subsidio ex-directores 20:832.000
1 CARGAS LEGALES s/SERVICIOS PERSONALES 9.033.035.000
111 Aporte patronal jubilatorio 7.583.561.000
123 Aporte patronal a F.N.V. 288.898.000
126 Aporte patronal al seguro de retiro 871:678.000
131 Impuesto s/retribuciones 288:898.000
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 4.528.566.000
3 SERVICIOS NO PERSONALES 6.650:871.000
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS 55.657:450.000
742 Contrib. guardería funcionarios 61:300.000
744 Donaciones 10:209.000
745 Transf.deportivas, culturales, etc. 3.000
749 Otras prestaciones 408.000
751 Prima por matrimonio 4:970.000
752 Hogar Constituido 568.976.000
753 Prima por nacimiento 13:253.000
754 Prestación por hijo 189:659.000
775 Asistencia médica a pasivos 1.378:620.000
781 Afil.a organismos de seg. social 5:250.000
791 Tributos nacionales 52.854:802.000
792 Tributos municipales 570:000.000
8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS 332.506:240.000
9 ASIGNACIONES GLOBALES 499:610.590
III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES 13.821:816.000
Rubro Denominación N$
4 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOB. NUEVOS 6.543:425.000
6 CONSTRUC., MEJORAS Y REP. EXTRAORD. 7.278:391.000
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros que se adjuntan y que forman
parte integrante de este decreto.
Los Rubros 0 «Retribución de Servicios Personales», 1 «Cargas Legales
sobre Servicios Personales» y 7 «Subsidios y otras Transferencias» en lo
relativo a beneficios sociales, están expresados a precios de enero-abril
de 1991.