Los funcionarios presupuestados o contratados, a quienes se asigne
transitoriamente las funciones que a continuación se detallan percibirán
mientras dure el desempeño de estas, una partida complementaria por la
diferencia que existe entre las remuneraciones de su cargo y los
respectivos grados de la escala.
Función GEPU
Gerente de Sistemas 55.0
Sub-Gerente de Sistemas 51.0
Asesor de Gerencia 50.0
Adscripto de Sistemas 47.0
Programador de Sistemas de 1º 46.0
Líder de Proyectos 46.0
Programador de Sistemas de 2º 43.0
Jefe de Coordinación 43.0
Analista de Sistemas de 1º 43.0
Supervisor de Operativa 43.0
Publirrelacionista 41.0
Coordinador de Servicios Generales 41.0
Analista de Sistemas de 2º 40.1
Programador de 1º 40.1
Operador de Coordinación de 1º 33.0
Programador de 2º 33.0
Supervisor de Microfilmación 33.0
Analista de 2º 33.0
Operador de Sistemas de 1º 33.0
Publirrelacionista Adjunto I 32.0
Idóneo en Bibliotecología 30.0
Programador de 3º 29.0
Operador de Microfilmación de 1º 29.0
Publirrelacionista Adjunto II 28.0
Operador de Sistemas de 2º 21.0
Operador de Coordinación de 2º 21.0
Operador de Preparación de Datos 18.0
Operador de Microfilmación de 2º 18.0
Operador de Reprografía 18.0
Programador de 4º 18.0
Médico Jefe de Departamento 48.1*
Médico Jefe de Servicio 45.1*
Médico Sub-Jefe de Departamento 43.1*
Médico Sub-Jefe de Servicio 42.1*
* Con fecha 20.7.88 el Directorio resolvió que las ubicaciones
presupuestales para las funciones asignadas a los médicos de la C.S.M.
que cumplen horario completo, serán las siguientes:
Función GEPU
Médico Jefe de Departamento 52.0
Médico Jefe de Servicio 49.0
Médico Jefe de Departamento 48.0
Función GEPU
Médico Sub-Jefe de Servicio 47.1