CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 37 CONSTRUCCION E INSTALACIONES DE LA CONSTRUCCION. SUBGRUPO CALERAS Y CANTERAS DE PIEDRA CALIZA Y CANTERAS DE CORTE




Promulgación: 22/01/1986
Publicación: 17/02/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 6

   Créase la comisión de Vivienda Sectorial, con el cometido de evaluar las condiciones de habitabilidad en que se encuentran las viviendas proporcionadas a los trabajadores del sector. La misma tendrá una integración tripartita debiendo tener los delegados obrero-patronales
el carácter de trabajadores o patronos del sector. Cualquiera de las delegaciones podrá requerir el asesoramiento de los técnicos que 
considere pertinentes; teniendo los asesores el carácter de consultivos y careciendo  por tanto del derecho al voto en las decisiones que se tomen, las que serán aprobadas por simple mayoría.
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