Visto: el decreto 242/986 de 30 de abril de 1986.
Considerando: necesario precisar el alcance de los artículos 4º , 5º y
10 del citado decreto.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 242/986 de 30/04/1986
artículo 4.