Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
Autorízase a la Dirección General de Casinos a abonar, a partir del 1° de enero de 1989, un viático diario correspondiente a la Categoría B, a los becarios contratados, los que deberán rendir cuenta documentada de las sumas recibidas por dichos conceptos.