Visto: lo establecido en los artículos 22 a 29 de la Ley Nº 16.736 de 5
de enero de 1996;
Resultando: I) que los artículos referidos consagran un nuevo sistema de
evaluación del desempeño de los funcionarios de la Administración Central;
II) que el artículo 26 comete al Poder Ejecutivo la reglamentación de
dicho sistema;
Considerando: I) que el nuevo régimen tiene por principios rectores, la
igualdad de oportunidades, la eficiencia, la competitividad y la
excelencia en el ejercicio de la función pública, y prioriza el
rendimiento, la calidad, las condiciones personales y el comportamiento
del funcionario, así como sus aptitudes en cargos de supervisión y
responsabilidad, frente a la antigüedad, orientándose hacia una progresiva
vinculación entre remuneración y desempeño;
II) que, a los efectos mencionados, la Ley dispone que la evaluación
distinguirá al 10% (diez por ciento) de los mejores funcionarios de cada
Inciso, calificando su actuación como excelente, y al veinte por ciento
siguiente, calificando su actuación como muy buena, y crea los premios
respectivos, eliminando así, la posibilidad de su evaluación uniforme;
III) que en la definición de la calificación desagregada en sus factores,
se aplican las técnicas actualizadas para obtener una evaluación más
objetiva del funcionario;
IV) que se recabó el asesoramiento de la Oficina Nacional del Servicio
Civil, teniendo en cuenta su competencia en lo relativo a la supervisión,
instrumentación y contralor de las funciones de evaluación del desempeño
(artículo 26 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996);
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo
168, numeral 4 de la Constitución de la República y en los artículos 22 a
29 de la Ley Nº 16.736 de 5 enero de 1996;
El Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
TITULO I CAPITULO UNICO - DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
El procedimiento de evaluación del desempeño se regirá por los
principios de igualdad de oportunidades, de eficiencia, de competitividad
y de excelencia, y en el mismo intervendrán el Jerarca, el Tribunal de
Evaluación y el Supervisor.
SANGUINETTI - DIDIER OPERTTI - ALVARO RAMOS - LUIS MOSCA - RAUL ITURRIA -
ANTONIO GUERRA - LUCIO CACERES - JULIO HERRERA - ANA LIA PIÑEYRUA -
ALFREDO SOLARI - CARLOS GASPARRI - BENITO STERN - JUAN CHIRUCHI