TITULO II - PROCEDIMIENTO Y ORGANOS DE EVALUACION Y CALIFICACION CAPITULO II - DEL TRIBUNAL DE EVALUACION
Artículo 16
El Tribunal se constituirá dentro de los primeros quince días hábiles
del mes de febrero, y para sesionar requerirá la presencia de la totalidad
de sus miembros.
Sus resoluciones serán fundadas y se adoptarán por mayoría simple.