La evaluación se efectuará anualmente por el período comprendido entre
el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año.
Cuando por causas justificadas el funcionario hubiera prestado servicios
parcialmente dentro de ese período, será igualmente evaluado, excepto que
el plazo trabajado fuera inferior a tres meses, en cuyo caso se mantendrá
la calificación del año anterior.