El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 8
El personal de la COPAB, incluidos los integrantes del Directorio, recibirá tickets de alimentación por un monto de $ 577 (quinientos setenta y siete pesos uruguayos), valor al 1° de julio de 2020 por día hábil. El monto referido se ajustará semestralmente en base a la evolución del IPC en el semestre inmediato anterior.