DEL REGISTRO, COMERCIALIZACION, TRANSITO Y TENENCIA DE CUEROS DE NUTRIA
Artículo 13
El destinatario, deberá llenar los formularios de Permiso de Tránsito y
Tenencia, de la libreta que posea al efecto, por cuadruplicado.
Los ejemplares del Permiso serán utilizados de la siguiente forma:
1) El original y la primera copia o duplicado, deberán ser sellados y
firmados por un funcionario de la Repartición Policial de la zona o
la más próxima al lugar del establecimiento de quien remite
indistintamente, dejando escrita la hora y la fecha de la presentación.
Este original y duplicado quedarán en poder de quien remite los cueros.
En todos los casos los remitentes contarán con un plazo de hasta diez
días hábiles de realizado el tránsito o comercialización, para entregar
el duplicado del Permiso de Tránsito y Tenencia correspondiente a la
Dirección de Contralor Legal;
2) Las mismas constancias de hora y fecha de presentación del Permiso,
deberán ser escritas en los formularios triplicados y cuadruplicados y
éstos quedarán en poder del destinatario.
El triplicado y cuadruplicado deberán ser presentados por el
destinatario a la autoridad policial más próxima al lugar de destino,
salvo cuando éste sea en la ciudad de Montevideo que se presentará en
DINACOSE, dentro de un plazo de seis días hábiles, a contar de la fecha
establecida en la anterior constancia, para que sean suscritas la fecha y
la hora (con sello y firma de la llegada). En todos los casos , los
destinatarios contarán con un plazo de hasta diez días hábiles de
realizado el tránsito o comercialización, para entregar el triplicado del
Permiso de Tránsito y Tenencia correspondiente, a la Dirección de
Contralor Legal. (*)