AUTORIZACION LA CAZA Y SACRIFICIO DE NUTRIAS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL




Promulgación: 28/05/1980
Publicación: 10/07/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 1081

DE LAS SANCIONES

Artículo 20

   Cométese a los funcionarios policiales, aduaneros, de la Prefectura
Nacional Naval en su jurisdicción e inspectivos de la División Fauna de la
Dirección General de Recursos Naturales Renovables el control y represión
de las infracciones al presente decreto.
   La comprobación de las infracciones estará a cargo de la Dirección
General de Recursos Naturales Renovables y la determinación, imposición y
ejecución de las sanciones será de cuenta de la Dirección de Servicios
Jurídicos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 192/994 de 03/05/1994 artículo 6.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 303/980 de 28/05/1980 artículo 20.
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