VISTO: El Proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y
de Inversiones del Banco Central del Uruguay correspondiente al ejercicio
2002;
CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;
ATENTO: A lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la
República;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA
Artículo 1
Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Banco Central del Uruguay, a regir desde el primero de
enero de 2002, de acuerdo con el siguiente detalle:
$ $
I - INGRESOS 3:725.081.715
1. Intereses 2.887:559.641
2. Utilidades de Cambio 174:250.286
3. Comisiones 23:908.365
4. Otros Ingresos 639:363.423
II - PRESUPUESTO OPERATIVO 703:856.115
RUBRO DENOMINACION $ $
0 RETRIBUCION SERV. PERSONALES 395:766.036
011311 Sueldos básicos carg. presup. 223:677.336
Directores 1:083.876
011312 Increm. Mayor Horario Perman. 39.402.564
011313 Dedicación Total 41:549.268
011315 Diferencia por Subrogación 672.000
011316 Prima por Antigüedad 8:151.840
019311 Sueldo Anual Complementario 28:380.168
019312 Aportes pers. s/aguinaldo 10:232.304
021321 Sueldos Básicos pers. contrat. 6:181.728
021322 Increm. Mayor Horario Perman. 1:055.220
021323 Dedicación Total 1:112.700
021326 Prima por Antigüedad 211.752
029321 Sueldo Anual Complementario 713.448
029322 Aportes pers. s/aguinaldo 257.244
061301 Por trabajo en horas extra 8:907.156
061303 Por Prima a la eficiencia 9:421.932
061304 Por funciones dist. al cargo 2:637.024
061305 Comp. por horarios especiales 1:800.000
061309 Comp. pers. por Reest.- Presup. 3:960.000
061311 Otras comp. adic. (nueva estr.) 757.152
061312 Adel. a cuenta (Retr. reestr.) 300.000
062311 Gastos de Representación 378.936
062313 Otras comp. adic. (estr. anter.) 300.000
077 Quebranto de Caja 2:760.000
Subsidio Ex Directores 1:862.388
1 CARGAS LEGALES S/SERV. PERSON. 107:148.648
111 Aporte patron. sist. seg. soc. 103:216.584
133 Impuesto s/retrib. person. 3:932.064
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 12:315.000
3 SERVICIOS NO PERSONALES 146:386.991
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS 37:478.376
735 Otras transf. S. Público 350.004
749 Donaciones Varias 1:536.000
751 Prima por Matrimonio 15.288
752 Hogar Constituido 1:380.216
753 Prima por Nacimiento 30.576
754 Prestación por Hijo 18.000
774 Contrib. por Asist. Médica 27:935.208
779 Otras 0
791 Imp. a la compra de M/E-IMCOME 3:289.152
792 Tributos municipales 2:923.932
9 ASIGNACIONES GLOBALES 4:761.064
III - OPERACIONES FINANCIERAS 6.020:901.558
RUBRO DENOMINACION $
8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS 6.020:901.558
RUBRO DENOMINACION $ $
81 Amortiz. Deuda Interna 922:798.080
82 Amortiz. Deuda Externa 1:587:517.146
83 Ints. Deuda Interna 358:932.928
84 Ints. Deuda Externa 598:272.115
85 Dif. cambio y Aj. monet. 295:938.016
89 Otros intereses 2.257:443.273
IV - PRESUPUESTO DE INVERSIONES 36:572.979
RUBRO DENOMINACION $
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOBIL. NUEVOS 32:323.379
6 CONSTRUCC., MEJORAS Y REP. EXTR. 4:249.600
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos, que forman parte
de este Decreto.
Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales, se expresan al nivel salarial vigente a
partir del primero de enero de 2001.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera
están estimadas a la cotización de $ 12,80 (doce pesos uruguayos con
80/100) por dólar estadounidense.
Las restantes partidas en moneda nacional están expresadas a precios
promedio del período enero - junio de 2001.