APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 2006




Promulgación: 04/09/2006
Publicación: 12/09/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 516
Referencias a toda la norma

Artículo 21

 COMPENSACION ESPECIAL. Los funcionarios egresados de los Cursos de
Formación de Altos Ejecutivos de la Administración Pública, de la Oficina
Nacional del Servicio Civil, percibirán mensualmente una compensación
especial del 15% de sus remuneraciones personales de carácter permanente,
con un máximo equivalente a la Base De Prestaciones y Contribuciones,
establecida en el artículo 2° de la Ley N° 17.856.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 25, 41 y 47 (vigencia).
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