Visto: los decretos 553/975, de 16 de julio de 1975 y 675/975, de 2 de
setiembre de 1975, por los que se crea e integra el Comité Nacional de
Astronomía.
Resultando: que el Comité Nacional de Astronomía se halla integrado por
un representante, entre otros, de la Dirección General de Meteorología.
Considerando:I) Que los cometidos del Comité Nacional de Astronomía
difieren de las materias de competencia propia de la mencionada
Dirección;
II) Que los mismos guardan estrecha relación con los cometidos de la
Fuerza Aérea, a quien compete la planificación y ejecución de las
medidas de conducción, integración y desarrollo del potencial
aeroespacial nacional;
III) Que corresponde, por tanto, modificar la integración del Comité
Nacional de Astronomía.
Atento: a lo informado por la Asesoría Letrada del Ministerio de
Educación y Cultura y del Ministerio de Defensa Nacional, oído el Comité
Nacional de Astronomía y a lo dispuesto por los artículos 4º, literal D)
y 5º literal H) e I) de la ley 14.747, de 28 de diciembre de 1978 y
decretos 546/977 de 4 de octubre de 1977 y 50/978, de 31 de enero de
1978,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 553/975 de 16/07/1975
artículo 3.
ALVAREZ - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA - HUGO LINARES BRUM - JUSTO M. ALONSO