CITRICULTURA




Promulgación: 29/06/1993
Publicación: 21/07/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1993
  •    Página: 647

Artículo 2

   Los "cambios de copa" debidamente registrados y autorizados por la
Dirección de Servicios de Protección Agrícola, según el artículo 4 del
decreto 133/992, de fecha 30 de marzo de 1992, no serán considerados
plantas en producción hasta el quinto año de efectuados los injertos.
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