APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1987




Promulgación: 05/04/1988
Publicación: 11/10/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 10

   El Directorio de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, podrá presupuestar al personal contratado, con un año de antigüedad al 31 de diciembre de 1983 en el último grado de los escalafones respectivos y en los cargos vacantes de los mismos. A tales efectos se determinará el mejor derecho, teniendo en cuenta además, que podrán ingresar en idénticas condiciones en los escalafones en que desempeñan sus funciones. En las futuras promociones se tendrá en cuenta para dicho personal los años generados en la Administración con anterioridad a su presupuestación, aún los cumplidos en un escalafón distinto al que pasen a ocupar. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 13.
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