VISTO: el nuevo sistema tributario establecido por la Ley Nº 18.083, de 27
de diciembre de 2006.
CONSIDERANDO: I) conveniente establecer procedimientos simplificados que
contemplen el universo de situaciones que por su naturaleza requieren un
tratamiento específico.
II) necesario avanzar en el proceso de reglamentación de la Ley, adecuando
los criterios reglamentarios aplicables en el contexto de las facultades
otorgadas al Poder Ejecutivo.
ATENTO: a lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007 artículo 53
inciso final.