Decreto N° 307/987
COMERCIO EXTERIOR. IMPORTACIONES. ADMISION TEMPORARIA. PRODUCTOS AGROPECUARIOS
Promulgación: 01/07/1987
Publicación: 31/07/1987
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 2
- Año: 1987
- Página: 9
Artículo 4
Facúltase al Ministerio de Industria y Energía para determinar los
requisitos de la prueba requerida por el artículo 2º precedente.
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