REGLAMENTACION PARA LA PROTECCION DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD DE LOS TRABAJADORES CONTRA LOS RIESGOS RELACIONADOS CON LOS AGENTES QUIMICOS DURANTE EL TRABAJO
Las infracciones al presente decreto serán sancionadas según lo dispuesto
por el Art. 289 de la Ley No. 15.903 en la redacción dada por el Art. 412
de la Ley No. 16.736.