Visto: la propuesta presentada por el Instituto Nacional de
Alimentación, Unidad Ejecutora 006 del Inciso 13 "Ministerio de Trabajo
y Seguridad Social", referente a los cargos y contratos de función
pública del Inciso, comprendidos en lo dispuesto por el artículo 9º de la
Ley Nº 16.462 de 11 de enero de 1994.
Considerando: I) que es necesario definir aquellos cuyas tareas típicas
responden a las de mayor jerarquía a nivel de la Unidad Ejecutora 006
"Instituto Nacional de Alimentación", correspondiendo, de acuerdo con
los respectivos organigramas vigentes, a unidades administrativas del
primer nivel inmediato inferior a sus Direcciones.
II) que los cargos y contratos de función pública contenidos en el
proyecto se ajustan a lo dispuesto precedentemente.
Atento: al informe técnico de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina Nacional del
Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación, y a lo antes
expuesto.
El Presidente de la República
DECRETA:
Establécese que, de acuerdo con la estructura orgánica vigente en la
Unidad Ejecutora 006 "Instituto Nacional de Alimentación" del Inciso 13
"Ministerio de Trabajo y Seguridad Social", los cargos que tienen
asignadas tareas de mayor jerarquía, conforme a lo establecido por el
artículo 9º de la Ley Nº 16.462 de 11 de enero de 1994, son los que
integran la nómina que se indica a continuación:
UNIDAD EJECUTORA 006
"Instituto Nacional de Alimentación"
Subdirección del Instituto Nacional de Alimentación
Dirección de Asesoría Letrada
Dirección de División Financiero Contable
La Contaduría Central del Inciso presentará ante la Contaduría General
de la Nación la solicitud de apertura del crédito correspondiente al
renglón derivado 064.406.
Comuníquese a la Contaduría Central del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social y a los servicios técnicos correspondientes de la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina Nacional del Servicio Civil y
de la Contaduría General de la Nación.