Autorízase al Banco Central del Uruguay a presupuestar a su personal
contratado, a cuyos efectos transferirá los importes necesarios del
subrubro 02 "Retribuciones Básicas Personal Contratado", a los
subrubros 01 "Retribuciones Básicas Personal Presupuestado" y 06
"Retribuciones adicionales".