CAPÍTULO V - PROMOCIÓN DEL EMPLEO PARA TRABAJADORES MAYORES DE 45 AÑOS Sección primera - Beneficio para la contratación de trabajadores mayores de 45 años en situación de desempleo
Artículo 52
(Definición) Se entiende por contrato de empleo con subsidio temporal aquel a través del cual las empresas del ámbito privado contraten como nuevos trabajadores, a personas mayores de 45 años en situación de desempleo.