CAPÍTULO V - PROMOCIÓN DEL EMPLEO PARA TRABAJADORES MAYORES DE 45 AÑOS Sección primera - Beneficio para la contratación de trabajadores mayores de 45 años en situación de desempleo
Artículo 54
(Ámbito temporal) El contrato que se celebre bajo esta modalidad deberá tener una duración no inferior a seis meses.
El trabajador podrá ser contratado nuevamente bajo esta modalidad por otra Empresa exclusivamente y por única vez, para el caso que la desvinculación del contrato fuera por causas ajenas a su voluntad, no motivadas por razones de notoria mala conducta.
El plazo del segundo contrato no podrá exceder el tiempo que reste hasta completar el tiempo máximo de la modalidad contractual.