FIJACION DE LAS TASAS A PERCIBIR POR EL SERVICIO DE GIRO POSTAL EN EL REGIMEN INTERNO




Promulgación: 15/01/1976
Publicación: 29/01/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 96

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 4

El procedimiento establecido por decreto de 5 de setiembre de 1941 para el
pago de los derechos de Giro Postal por la Dirección General de Impuestos
Directos, se ajustará a lo dispuesto en el artículo anterior, quedando en
consecuencia derogado el aludido decreto.
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