Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 4
El Ministerio de Agricultura y Pesca, a propuesta del Sector Granos (SEGRA) ajustará, trimestralmente, las tarifas fijadas por el presente decreto, en consideración a las incidencias que se produzcan en los componentes del costo del servicio de acuerdo a la ecuación paramétrica que fue tomada en cuenta para la fijación de estas tarifas.