Tales operaciones estarán exoneradas del pago de todo tributo o
gravamen de cualquier naturaleza vigentes o a crearse, incluidos el
Impuesto al Valor Agregado y todos los recargos, inclusive el mínimo,
Impuesto Aduanero Unico a la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y
Tasas Consulares.