AUTORIZACION A OSE PARA COMERCIALIZAR LOS BIENES NECESARIOS PARA LA EJECUCION DE OBRAS




Promulgación: 13/01/1984
Publicación: 08/02/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 95

Artículo 3

    Autorízase a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado
(OSE) a tramitar por expediente ante la Dirección Nacional de Aduanas, por
el régimen de despacho directo, sin operación cambiaria ni intervención
del Banco de la República Oriental del Uruguay, la importación o
exportación de los bienes descriptos en el artículo 1.
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