Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera
están estimadas a la cotización de N$ 340 por dólar americano y se ajustarán automáticamente al tipo de cambio vendedor al momento de la ejecución.
Las partidas en moneda nacional -con excepción de lo dispuesto en el artículo 1° para los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales" y 6 "Cargas Legales y Prestaciones de Carácter Social"- están expresadas a precios corrientes de 1988.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 31/989 de
31/01/1989.