REGLAMENTACION DEL ART. 149 DE LA LEY 20.075, RELATIVO A LOS COMPROBANTES FISCALES ELECTRONICOS (CFES) Y RESGUARDOS, OPERADOS EN EL SISTEMA INFORMATICO DE RECEPCION DE FACTURA ELECTRONICA (SIRFE)




Promulgación: 30/01/2023
Publicación: 08/02/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 149.

Artículo 8

   La Contaduría General de la Nación, custodiará los CERPJ y advertirá a las Unidades Ejecutoras, previo a su vencimiento, para que las mismas obtengan su renovación.

   Sin perjuicio de la comunicación prevista en el inciso precedente, será responsabilidad de las respectivas Unidades Ejecutoras, la debida renovación de los CERPJ y su remisión en tiempo y forma a la Contaduría General de la Nación.
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