REGLAMENTACION DE LA LEY 19.167, TECNICAS DE REPRODUCCION HUMANA ASISTIDA




Promulgación: 30/10/2014
Publicación: 11/11/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 823
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.167 de 22/11/2013.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO III
DE LA DONACIÓN DE GAMETOS Y SU CONSERVACIÓN

Artículo 15

 (Ausencia de vínculos filiatorios). La donación de gametos no genera
vínculo filiatorio alguno entre los donantes de gametos y el nacido,
quienes tampoco tendrán entre sí ningún tipo de derechos ni obligaciones.
Ayuda